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Obtención permiso por cuenta propia

Apoyo a la Creación y Consolidación de Empresas

Este procedimiento se ajusta a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Si usted se encuentra residiendo en un país extracomunitario y quiere iniciar un negocio en España, puede hacerlo mediante esta vía siempre que su idea de negocio sea de carácter innovador y resulte de interés para España.

La solicitud se puede realizar desde la misión diplomática u oficina consular que corresponda al lugar de residencia (se tramitaría como visado emprendedor) o desde España (se tramitaría como residencia para emprendedores).

Este procedimiento se ajusta a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Si usted se encuentra en situación de estancia en España o residiendo en un país extracomunitario y tiene la posibilidad de desarrollar su trabajo mediante uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación, puede realizar la solicitud de “Residencia para teletrabajadores de carácter internacional” conocido como NÓMADA DIGITAL.

La residencia inicial es por tres años y permite a la persona emprendedora desarrollar su actividad con los clientes que se encuentran fuera de la Unión Europea y tener clientes en España que representen como máximo el 20% de su facturación anual. 

Este procedimiento se ajusta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, de sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 103 a 109).

Si se encuentra residiendo en un país extracomunitario y quiere iniciar un negocio en España puede hacerlo mediante esta vía. El proceso de solicitud es el siguiente:

  • Comprobar que cumple con los requisitos establecidos para optar a este permiso
  • Preparar la documentación correspondiente para la residencia y trabajo por cuenta propia
  • La tramitación se realiza a través de la misión diplomática u oficina consular que corresponda al lugar de residencia.
  • Abonar las tasas correspondientes una vez se admita a trámite el expediente
  • Si la resolución es favorable, solicitar el visado de entrada
  • Viajar a España y proceder al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social

Esta autorización tiene una vigencia de un año, la cual podrá renovar acreditando la continuidad de la actividad y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social entre otros requisitos.

Este procedimiento se ajusta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, de sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 103 a 109).

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta propia.

Para regularizarse mediante este procedimiento, usted debe haber permanecido al menos 3 años en España de manera continuada y carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido los últimos cinco años.

Esta autorización tiene una vigencia de un año, la cual podrá renovar acreditando la continuidad de la actividad y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social entre otros requisitos.

Este procedimiento se ajusta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, de sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 37 a 42).

El permiso de estancia por estudios no conlleva autorización de trabajo. Si quieres iniciar una actividad por cuenta propia debes solicitar a Extranjería la autorización para ello.

Las personas que dispongan de autorización de estancia por estudios y quieran iniciar un negocio deben cumplir una serie de requisitos, entre otros:

  • La actividad por cuenta propia debe ser compatible con los estudios
  • Los beneficios obtenidos por el ejercicio de la actividad, no pueden suponer el sustento principal de la persona
  • La actividad debe realizarse a tiempo parcial

La vigencia de la autorización de trabajo por cuenta propia se encuentra condicionada a la duración del permiso de estancia por estudios.

Este procedimiento se fundamenta en el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto.

En caso de haber finalizado los estudios de Grado, Doctorado o Máster y llevar menos de tres años en España (junto a otros criterios) puede, solicitar la Residencia para búsqueda de empleo.

 La solicitud se debe realizar 60 días antes de que expire la autorización de estancia por estudios o en los 90 días posteriores a la finalización de la vigencia de la autorización. El plazo de resolución es de 20 días hábiles y es importante señalar que, en este caso, el silencio administrativo es positivo. 

Esta autorización tiene una vigencia de un año no siendo posible renovarla. Ese año se destina a buscar un empleo por cuenta ajena o iniciar su propio negocio.

Este procedimiento se ajusta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, de sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 199).

En caso de poder acreditar al menos tres años en situación de estancia por estudios, tienes la opción de modificar la autorización de estancia a residencia y trabajo por cuenta propia inicial.

La autorización de residencia tendrá una vigencia de un año, pudiendo renovarla 60 días antes o 90 días después de la fecha de vencimiento.

Para solicitarla es necesario que tengas una idea clara de la actividad que quieres emprender y preparar la documentación que muestre la viabilidad técnica y económica del negocio.

 

En Emprender Siendo Extranjero te ayudamos a homologar tu formación superior oficial.

Si vas a desarrollar una actividad por cuenta propia regulada, que sea obligatoria la adscripción a un Colegio Profesional de los siguientes campos tendrás que homologar tus estudios.

Listado de profesiones: Médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles, así como las ingenierías e ingenierías técnicas reguladas.

Este procedimiento se ajusta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, de sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 200).

Si dispones de una autorización de residencia temporal, bien no lucrativa o lucrativa por cuenta ajena y quieres iniciar un negocio puedes solicitar en la oficina de extranjería de tu provincia una Modificación de trabajo a cuenta propia.

Para ello es necesario realizar un plan de negocios de la actividad que vayas a realizar y preparar los documentos que justifiquen la viabilidad técnica y económica del proyecto.

El plazo de resolución de la solicitud es de tres meses.

Este procedimiento se ajusta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, de sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 201).

Si dispones de autorización de residencia por cuenta ajena y quieres iniciar un negocio puedes solicitar la compatibilidad de autorización de trabajo, de esta manera, durante el tiempo de vigencia de la autorización de residencia podrás trabajar indistintamente por cuenta ajena y cuenta propia.

El plazo de resolución de la solicitud es de tres meses, pasado este tiempo se entiende desestimada la solicitud por silencio administrativo negativo.

Se trabaja y define la idea de negocio y las líneas maestras del mismo como la forma jurídica más adecuada, la necesidad de local, de financiación. ¿Sabes quiénes son tus clientes potenciales? ¿Puedes cubrir sus necesidades? Cuéntanos tu idea y te ayudamos a desarrollarla.

El plan de negocios es un documento fundamental para analizar la viabilidad técnica y económica de la idea de negocio. Los diferentes modelos que existen se vertebran en una serie de puntos comunes, los cuales tienen que dotar al documento de coherencia, concreción y realidad.

En Emprender Siendo Extranjero nos adaptamos a tus necesidades, bien sea la obtención de la autorización de trabajo por cuenta propia o la solicitud y consecución de financiación para el proyecto.

Si necesitas financiación para empezar tu negocio, te ayudamos a conseguirla de manera responsable.

Realizamos un estudio de necesidades personalizado teniendo en cuenta la cuantía de solicitud y la viabilidad del proyecto.

Te ayudamos a conseguir tu préstamo bien sea un Microcrédito, ICO, ENISA o a través de una Sociedad de Garantía Recíproca (S.G.R.).

Te informamos y ayudamos a solicitar las ayudas y subvenciones al emprendimiento que puedas disponer dependiendo de la Comunidad Autónoma donde ejerzas la actividad.

Cada Comunidad Autónoma desarrolla su propio programa de apoyo del empleo autónomo, dirigido a personas en desempleo que se quieren constituir por cuenta propia.

En función de la forma jurídica que quieras dar a tu negocio, te ayudamos en los trámites de constitución tanto como persona física como persona jurídica (sociedad).

Te indicamos los aspectos que debes en tener en cuenta en el momento de arrendar un local, condiciones, revisión de contrato de arrendamiento. 

Antes de firmar, consulta a nuestros expertos.

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