¿Eres autónomo y no has facturado este trimestre?

¿Eres autónomo y no has facturado este trimestre?

Si eres autónomo en España y atraviesas una etapa sin ingresos ni facturación, podrías pensar que no tienes obligaciones fiscales. Sin embargo, la realidad es más compleja: aunque no emitas facturas, sigues teniendo deberes con Hacienda y la Seguridad Social. En este artículo analizamos qué ocurre si estás dado de alta como autónomo pero no facturas, y si tienes que seguir presentando impuestos. ¿Eres autónomo y no has facturado este trimestre? Esto te interesa.

Estar dado de alta implica obligaciones

Darse de alta como autónomo en España significa que te has inscrito tanto en la Seguridad Social (RETA) como en Hacienda (censo de empresarios, profesionales y retenedores). Desde ese momento, adquieres una serie de compromisos legales y fiscales que no dependen del volumen de ingresos, sino del mero hecho de estar registrado.

En términos prácticos, aunque no factures nada durante un trimestre o incluso más, sigues obligado a:

  • Presentar los modelos trimestrales de IVA (modelo 303) y de IRPF (modelo 130, si procede).
  • Presentar los modelos informativos anuales (como el modelo 390 de IVA o el 347 en caso de operaciones con terceros superiores a 3.005,06€).

No presentar estos modelos a tiempo, aunque estén vacíos, puede derivar en sanciones económicas por parte de Hacienda.

¿Qué pasa con la Seguridad Social?

Otro punto importante es la cotización a la Seguridad Social. Una vez que estás dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), estás obligado a pagar tu cuota mensual, independientemente de si tienes ingresos o no.

Esto significa que si atraviesas un periodo sin actividad económica, seguirás pagando la cuota mínima, que ronda los 230€ mensuales en 2025 si estás en la base mínima (aunque puede variar dependiendo del tramo de ingresos que hayas declarado en el nuevo sistema de cotización por ingresos reales).

La única forma de dejar de pagar la cuota es darse de baja como autónomo, tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. Si no lo haces, el sistema seguirá generando recibos y exigencias fiscales.

¿Y si no presento impuestos al no facturar?

No presentar impuestos (aunque no hayas facturado) puede traer consecuencias:

  • Multas por presentación fuera de plazo, aunque sean modelos sin actividad.
  • Pérdida de beneficios fiscales (por ejemplo, si optaste por el sistema de estimación directa simplificada o por el régimen de módulos).
  • Dificultades para futuras ayudas o subvenciones (como las ayudas por cese de actividad, subvenciones para digitalización, etc.), ya que se te exigirá estar al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Además, si decides abandonar la actividad y no te das de baja oficialmente, Hacienda y la Seguridad Social seguirán considerando que sigues activo y te exigirán tanto declaraciones como pagos.

¿Qué opciones tienes si no facturas durante un tiempo?

Si prevés que vas a pasar un periodo sin actividad, puedes:

  • Darte de baja temporalmente en Hacienda y la Seguridad Social. Esto suspende tus obligaciones fiscales y tu cuota de autónomo. Eso sí, tendrás que volver a darte de alta cuando retomes la actividad.
  • Mantenerte de alta y seguir cumpliendo con las obligaciones, aunque presentes declaraciones sin actividad. Esta opción puede ser útil si esperas ingresos a corto plazo y quieres evitar trámites burocráticos de alta/baja.

Conclusión

Ser autónomo implica responsabilidades que van más allá de emitir facturas. Aunque no factures, seguirás teniendo que presentar impuestos y pagar tu cuota mensual a la Seguridad Social, salvo que te des de baja. Es fundamental conocer estas obligaciones para evitar sanciones y tomar decisiones conscientes sobre tu situación profesional. Si atraviesas un periodo de inactividad, valora si te compensa mantener el alta o pausar tu actividad hasta que retomes tu facturación.

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