la baja médica en autónomos

La baja médica en autónomos

¿Cómo funciona la baja médica en autónomos? ¿Qué derechos tienen los trabajadores por cuenta propia? La frase que habrás oído millones de veces de «los autónomos no se ponen enfermos» la cogemos con pinzas, porque hay ciertos derechos que debemos tener en cuenta si somos trabajadores por cuenta propia. Hoy os contamos más acerca de la baja médica en autónomos y cómo afecta a los negocios.

CÓMO FUNCIONA LA BAJA MÉDICA EN AUTÓNOMOS

Cuando un trabajar por cuenta propia se ve afectado por una enfermedad común, profesional o un accidente, sea o no de trabajo, y se encuentra impedido a realizar su actividad profesional, esto se conoce como Incapacidad Temporal. O lo que es más común también, la baja médica en autónomos.

Los autónomos tienen reconocidas las mismas ayudas, coberturas y prestaciones que los trabajadores por cuenta ajena. Lo único, que con algunas particularidades que pasaremos a definir a continuación.

MOTIVOS DE BAJA MÉDICA

Cuando un autónomo se acoge a la baja laboral, el periodo máximo será de 12 meses, prorrogables por otros 6. El subsidio ayudará al autónomo a cubrir su falta de ingresos por su baja médica.

  • Accidente de trabajo: aquel accidente que ha tenido lugar como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta el trabajador. Se consideran accidente de trabajo los ocurridos durante los desplazamientos al lugar de trabajo, los debidos a fuerza mayor extraña al trabajo y los provocados por imprudencia temeraria del trabajador.
  • Enfermedad profesional: aquella que es contraída como consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta propia.
  • Enfermedad común: será necesario estar en situación de alta o asimilada y haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 5 años. Además, será necesario estar al corriente de las cuotas.

¿QUÉ CUANTÍA ME CORRESPONDE SI SOY AUTÓNOMO Y ESTOY DE BAJA MÉDICA?

La cuantía que vayas a percibir, se obtiene aplicando los porcentajes siguientes a tu base reguladora.

  • En caso de enfermedad común o accidente no laboral, se aplicará el 60% desde el día 4 al 20 de la baja.
  • En caso de enfermedad común o accidente no laboral se aplicará el 75% a partir del día 21 de la baja.
  • Por último, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se aplicará el 75% desde el día siguiente al de la baja médica.

En todos los casos, se debe de seguir cotizando en el régimen especial de autónomos durante toda la baja laboral. Por otro lado, es interesante saber que a partir del segundo mes de baja el autónomo no tiene que continuar abonando la cuota de autónomos. Será la Mutua colaboradora la que se hará cargo de la misma hasta que termine la baja laboral.

LA REALIDAD DE LAS BAJAS MÉDICAS DE AUTÓNOMOS

La realidad es que muchos autónomos no se acogen a las bajas médicas, ya que consideran que los subsidios no cubren la pérdida de ingresos que se producen por sus bajas médicas. Según las estadísticas, sólo el 15% de los trabajadores autónomos pidió una baja laboral el año 2023, y son estos mismos los que piden muchas menos bajas laborales que el resto de trabajadores por cuenta ajena.

Ante esto, muchos autónomos acuden a amigos o familia para apoyarse en los momentos de enfermedad y/o baja laboral. La decisión de acogerse o no a una baja laboral, en el caso de los autónomos, está muy influenciada en cómo les va a afectar económicamente.

Esto es un error, ya que una persona que no se encuentra bien para llevar a cabo sus labores profesionales, puede hacer que empeore su situación o que su negocio se vea afectado. Por lo que, desde ESE animamos a los autónomos a asesorarse bien de cara a cuidar su salud, proponiendo también otras salidas, como pueden ser los seguros médicos para autónomos.

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