La Declaración de la Renta para autónomos

La Declaración de la Renta para autónomos

A partir de hoy, día 3 de abril de 2024, arranca la campaña para la Declaración de la Renta de 2023. Ya se puede acceder al borrador de la liquidación de IRPF para su modificación o confirmación. La Declaración de la Renta se puede presentar tanto por internet, como presencialmente (a partir del 25 de mayo), y se podrá hacer hasta el 1 de julio de este mismo año. La novedad este año recae la Declaración de la Renta para los autónomos, ya que a partir de este año todos los trabajadores por cuenta propia están obligados a presentar la declaración, independientemente de sus ingresos.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS

El hecho de que ahora esté implantado el nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales, ha derivado en que la Declaración de la Renta para autónomos ahora sea obligatoria para todos. Anteriormente, los profesionales con rendimientos netos por debajo de los 1.000 euros estaban exentos de presentar dicha declaración.

No se encuentra ninguna excepción. Por lo tanto, todos los autónomos que hayan tenido actividad económica y profesional durante el 2023 estarán obligados a presentar su Declaración de la Renta antes del 1 de julio de 2024.

Son aproximadamente unos 200.000 autónomos que el año pasado, no presentaron la Declaración de la Renta y que este año sí tienen que presentarla. Para acceder al borrador de la Declaración de la Renta del año 2023, accedemos desde la página oficial de la Agencia Tributaria con nuestro certificado digital o DNI electrónico.

EL MODELO 100 PARA AUTÓNOMOS

La presentación del Modelo 100 para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es clave para diferenciar entre trabajadores autónomos y asalariados. Se aplica para ambos casos, pero con variaciones en su procesamiento debido a la naturaleza de sus ingresos y gastos. Para acceder al borrador del Modelo 100, accedemos desde la página oficial de la Agencia Tributaria e iremos completando el impuesto.

QUÉ PASA SI NO PRESENTAS LA DECLARACIÓN DE LA RENTA PARA AUTÓNOMOS

Si pasado el 1 de julio de 2024 no has presentado tu declaración, te llegarán recargos y tal vez intereses de demora por parte de la Agencia Tributaria. Los recargos por presentarla fuera de plazo son:

  • Hasta 3 meses: recargo del 5% sin intereses de demora ni sanción
  • Entre 3 y 6 meses: recargo del 10% sin intereses de demora ni sanción
  • Entre 6 y 12 meses: recargo del 15% sin intereses de demora ni sanción
  • Más de 12 meses: recargo del 20% sin sanción, pero con intereses de demora

Sin embargo, si la declaración se hace de manera errónea sí pueden ponernos una multa. En el caso de que se presente algún dato incorrecto o que se confirme un borrador con errores, la sanción oscila entre los 100 y 150 euros.

Si, por otro lado, el motivo de que la declaración sea errónea es para eludir las obligaciones fiscales, la multa ronda entre el 50% y el 150% del importe a ingresar (según gravedad). Defraudar a Hacienda de manera intencionada, está penado con hasta seis años de cárcel ya que es considerado como delito fiscal.

Si tienes dudas sobre la Declaración de la Renta para autónomos, o sobre cualquier tipo de impuesto que tengas que presentar, puedes realizar tu consulta con el equipo de Emprender Siendo Extranjero aquí.

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